Mesa de la Profesión Enfermera
La Justicia confirma que los enfermeros no pueden administrar vacunas sin una prescripción individualizada del médico
El Juzgado de los Contencioso-Administrativo numero 2 de Victoria-Gasteiz ha acordado la suspensión cautelar de la Instrucción número 7/2016, de 2 de mayo, del Director General del Servicio Vasco de Salud, por la que se ha venido obligando a los enfermeros vascos a vacunar a la población sin necesidad de exigir una prescripción médica previa. Cabe recordar que las vacunas son medicamentos sujetos a prescripción médica y por tanto, desde la aprobación del Real Decreto de prescripción enfermera, la Organización Colegial de Enfermería y el Sindicato SATSE han venido advirtiendo en el último años a los profesionales y a los gestores sanitarios que esta nueva regulación jurídica conlleva la necesidad de que cualquier medicamento sujeto a prescripción médica vaya siempre acompañado de una prescripción médica individualizada para cada paciente. Un realidad hoy confirmada por la Justicia y que desde los servicios sanitarios de cada comunidad autónoma se ha intentado ignorar publicando instrucciones o notas informativas similares a las que hoy han sido suspendidas por un juzgado vasco.
Para el magistrado, la Instrucción administrativa pretende asimilar el calendario de vacunación oficial acordado por la autoridad sanitaria competente con una especie de “prescripción de medicamento implícita”, una argumento que “no puede sostenerse” puesto que las vacunas son medicamentos prescripción sujetos a prescripción médica según lo dispuesto en el artículo 45 de la Ley de Garantía y Uso racional de los medicamentos y productos Sanitarios (Ley del Medicamento), y por tanto sujeto al común régimen de prescripción médica según el artículo 2 (19 y 20), 43, 44 y 45, 66.2 del Real Decreto 1345/2007, de 11 de octubre, por el que se regula el procedimiento de autorización, registro y condiciones de dispensación de los medicamentos de uso humano fabricados industrialmente en relación con los artículos 6 y concordantes de la LOPS y el articulo 2 y Adicional Quinta de la Ley 41/2002, de 14 de noviembre, básica reguladora de la autonomía del paciente y de derechos y obligaciones en materia de información y documentación clínica.
El argumento de las CC.AA es insostenible
La Mesa de la Profesión Enfermera –integrada por el Consejo General de Enfermería y el Sindicato de Enfermería, SATSE- celebra que “la Justicia refrende lo que ya veníamos advirtiendo desde las organizaciones profesionales y sindicales. Hemos denunciado hasta la saciedad que desde las consejerías autonómicas de Sanidad no se estaba informando correctamente a sus enfermeros al decirles que debían administrar las vacunas y podían hacerlo sin problemas, pues existía un respaldo legal”.
En el caso de Ceuta, la instrucción verbal transmitida por el Instituto Nacional de Gestión Sanitaria (INGESA) a los profesionales que trabajan en Pediatría de los centros de salud ha seguido la misma pauta que en el resto de las comunidades autónomas entendiendo, erróneamente, que el calendario vacunal era de por sí una prescripción implícita.
“Los Servicios Regionales de Salud han emitido comunicaciones y/o instrucciones para que los enfermeros realicen la administración de la vacuna antigripal, aun incumpliendo los requisitos establecidos en el RD”, añaden desde la Mesa.
Sin embargo, el INGESA en Ceuta sí emitió finalmente una orden pública y explícita por la cual la administración sanitaria respeta el RD e indica la necesidad de que el acto de vacunación frente a la gripe cuente con la correspondiente prescripción médica. La sanidad pública local vuelve a adelantarse en un frente que requiere de la defensa del personal de Enfermería y de los fisioterapeutas, en el cual, SATSE se mantiene desde la publicación del RD de ‘antiprescripción enfermera’. Pero que no se hizo extensiva al resto de vacunas.
Sólo si se modifica este RD, las enfermeras podrán gozar de seguridad jurídica en sus actos cotidianos relacionados con medicamentos, pero este texto, al que todos los grupos políticos salvo el PP se oponen, convirtió en “ilegales” actuaciones cotidianas que garantizan el correcto y normal funcionamiento del sistema sanitario y la colaboración entre los distintos profesionales.
Por otra parte, los integrantes de la Mesa de la Profesión ya han acordado poner en marcha una intensa campaña informativa para –a tenor de los que recoge el Auto del juzgado vitoriano- hacer saber a los enfermeros de toda España que si administran vacunas sin la prescripción e instrucciones previas de un médico estarán asumiendo un riesgo punible, aunque la Consejería o Servicio de Salud del que dependen les haya dicho lo contrario y les anime a administrar las vacunas de forma autónoma pues, claro está, el Real Decreto vigente se lo impide.