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La Justicia nos da la razón: Tu Consejería no puede obligarte a saltarte la ley

Un juzgado de Euskadi ha sido el primero y no será el último que falla en contra de las autoridades sanitarias que pretenden que las enfermeras incumplamos el Real Decreto de prescripción enfermera.

Un Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz ha acordado la suspensión cautelar de la Instrucción del Servicio Vasco de Salud, por la que se ha venido obligando a los enfermeros a vacunar a la población sin necesidad de exigir una prescripción médica previa. 

Tal y como advierte el fallo judicial, una instrucción es una mera orden de servicio y no se puede pretender que la administración de vacunas no se vea afectada por un ordenamiento jurídico superior como es el caso del Real Decreto que regula la prescripción enfermera.

La Mesa de la Profesión Enfermera, integrada por SATSE y el CGE, celebra que la Justicia refrende lo que venía advirtiendo desde la aprobación del Real Decreto. La Mesa ha denunciado hasta la saciedad que desde las consejerías autonómicas de Sanidad no se estaba informando correctamente a sus profesionales enfermeros al decirles que debían administrar las vacunas sin la prescripción médica previa y podían hacerlo sin problemas, pues existía un respaldo legal. 

Sólo si se modifica el Real Decreto de prescripción enfermera, las enfermeras podrán gozar de seguridad jurídica en sus actos cotidianos relacionados con medicamentos.

El texto normativo en vigor, al que todos los grupos políticos salvo el PP se oponen, convierte en “ilegales” actuaciones cotidianas que garantizan el correcto y normal funcionamiento del sistema sanitario y la colaboración entre los distintos profesionales. 

Grave inseguridad

Añade el Magistrado que la Instrucción dictada por el Servicio Vasco de Salud produce una gran inseguridad jurídica en lo relativo a las competencias profesionales del personal de enfermería en todo lo relativo a la prescripción o dispensa de medicamentos inmunológicos (vacunas).

También asegura que la suspensión de la Instrucción no causará perjuicios a los pacientes y si lo que pretende el Real Decreto es acentuar las garantías en su tratamiento, la suspensión cautelar de la Instrucción “garantizará una mejor asistencia al mediar en la vacunación la supervisión por el personal prescriptor que es, en definitiva, quien instruye el tratamiento”.

Esta estratagema no sólo es propia del Servicio Vasco de Salud, sino de todas las comunidades autónomas. Los Servicios Regionales de Salud han emitido comunicaciones y/o instrucciones similares, que olvidan que las vacunas son medicamentos sujetos a prescripción médica y que el Real Decreto impide prescribir: 

  • Sin indicación médica. Una enfermera no puede usar e indicar fármacos sujetos a prescripción médica, de forma autónoma, sin que antes el médico diagnostique y prescriba. 
  • Sin acreditación. La inmensa mayoría de profesionales de la Enfermería no están acreditados, en la actualidad, por el Ministerio de Sanidad para prescribir.
  • Sin protocolos. No hay protocolos ni guías de práctica clínica validados con arreglo a lo que exige el RD que permitan la prescripción enfermera.

El auto corrobora que no se puede obligar a la Enfermería a vacunar si no existe esa prescripción del médico. De lo contrario, el profesional enfermero estará realizando una actividad que es competencia de otro profesional, según lo establecido en el RD, o lo que es lo mismo, podría estar cometiendo “intrusismo profesional"

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